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<title><![CDATA[Noticias]]></title>
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<description><![CDATA[NOVEDADES]]></description>
<lastBuildDate>Sat, 10 Jan 2026 01:47:48 +0100</lastBuildDate>
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<title><![CDATA[INMO NEWS]]></title>
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<title><![CDATA[El Ministerio de Vivienda anuncia  Casa 47 y una inversión de 100 millones en viviendas en 2026]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/el-ministerio-vivienda-anuncia--casa-47-y-una-inversion-100-millones-viviendas-2026.html]]></link>
<description><![CDATA[EL MINISTERIO DE VIVIENDA ANUNCIA  CASA 47 Y UNA INVERSIÓN DE 100 MILLONES EN VIVIENDAS EN 2026]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La empresa pública Casa 47" articulará el proyecto de vivienda pública de alquiler en los próximos años, sustituyendo a la actual SEPES El Ministerio de Vivienda confirma la aprobación por el Consejo de Ministros de la futura empresa de la vivienda "Casa 47" , que articulará el proyecto de vivienda pública de alquiler en España en los próximos años, sustituyendo a la actual SEPES (Entidad Pública Empresarial del Suelo). El Gobierno, a través de "Casa 47", lanzará una oferta pública de 100 millones de euros en 2026 para el acceso a la vivienda de alquiler."Casa 47" no parte de cero y se inicia incorporando 40.000 viviendas y 2.400 suelos de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) con capacidad para albergar 55.000 casas, además de los activos del patrimonio del Estado que ya ha asumido. En lo que va de año, la empresa ha licitado la redacción de proyectos para más de 1.600 viviendas."Está infraestructura pública está pensada para abordar las políticas públicas de vivienda y garantizar el derecho a la vivienda, que es un mandato constitucional" afirmo &nbsp;la ministra del MIVAU, &nbsp;Isabel Rodríguez , insistiendo que el objetivo futuro de "Casa 47" es ser viable económicamente sin necesidad de mayores aportaciones económicas.]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 16 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
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<item>
<title><![CDATA[Registradores: Desaceleración en el mercado de compraventa de viviendas]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/registradores-desaceleracion-en-mercado-compraventa-viviendas.html]]></link>
<description><![CDATA[REGISTRADORES: DESACELERACIÓN EN EL MERCADO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDAS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Desde agosto se dio una desaceleración progresiva en la compraventa de inmuebles: agosto (-3,5%), septiembre (2,7%) y octubre(-3,6%) El Colegio de Registradores ha sacado su Estadística Registral Inmobiliaria correspondiente al mes de octubre 2025. En ella se muestra como las compraventas de vivienda cayeron un 3,6% interanual, registrándose 67.600 operacionesEl total de operaciones registradas fue de 128.800 (no solo viviendas), un 2,7 % a la baja interanual. A pesar de los buenos números que se han dado en octubre, con 595.000 transacciones, si miramos la línea histórica, desde agosto se ha manifestado una desaceleración progresiva en la compraventa de inmuebles: agosto (-3,5%), septiembre (2,7%) y octubre(-3,6%), datos lejanos al crecimiento del 30% que hubo en el 2º trimestre.Se observa que la mayoría de las CCAA cayeron en las compraventas de viviendas: Madrid (-12,3%) y Baleares (-11%), Comunidad Valenciana y Canarias (ambas 9,3%), Andalucía (2,4%) y Cataluña (0,1%). Madrid, como ejemplo, bajó de las 8.000 operaciones.En general, tras la recuperación que se dio en septiembre, se avecina un periodo de moderación en las compraventas de vivienda]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Sun, 14 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
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<item>
<title><![CDATA[Contratos de alquileres de habitaciones; todo lo que se debe de saber]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/contratos-alquileres-habitaciones;-todo-lo-que-se-debe-saber.html]]></link>
<description><![CDATA[CONTRATOS DE ALQUILERES DE HABITACIONES; TODO LO QUE SE DEBE DE SABER]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El alquiler por habitaciones puede ser una inversión muy ventajosa para los propietarios, pero también conlleva riesgos y obligaciones La modalidad de alquiler por habitaciones es una forma de alquiler que puede ser una inversión muy ventajosa para los propietarios, ya que sus contratos no están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y no deben seguir, por lo tanto, algunos preceptos que limitan el alquiler de viviendas completas. Es el Código Civil quien regula estos alquileres, salvo que las habitaciones se arrienden como vivienda habitual.El alquiler de habitaciones no está obligado a una duración mínima, a unas cuantías determinadas, ni a la imposición de fianzas. Si la vivienda pertenece a una zona considerada tensionada, tampoco va a sufrir limitaciones en los precios (al menos hasta los contratos de 2025, fecha de la aprobación de la Ley de la vivienda 12/2023, con la que la situación ha cambiado).]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Sat, 13 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[El Gobierno aprueba ayudas contra el impago de alquileres de viviendas]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/el-gobierno-aprueba-ayudas-contra-impago-alquileres-viviendas.html]]></link>
<description><![CDATA[EL GOBIERNO APRUEBA AYUDAS CONTRA EL IMPAGO DE ALQUILERES DE VIVIENDAS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Las ayuda a los propietarios de viviendas de alquiler serán para cubrir los impagos a los propietarios de jóvenes o familias vulnerables El gobierno pretende lanzar un real decreto con medidas de ayuda a los propietarios de viviendas de alquiler ante los impagos de familias vulnerables o jóvenes. Esta iniciativa en realidad es una reclamación de Junts que Pedro Sánchez quiere retomar ante la negativa de esta formación a seguir prestando apoyo parlamentario. Es decir, se trataría de uno de los incumplimientos reconocidos a Junts por el Presidente. &nbsp;Aún no se han concretado los detalles de esas garantías a los propietarios; si serán ayudas económicas directas y cuáles serán sus cuantías.El Gobierno ha manifestado su pretensión de desarrollar estas ayudas a lo largo del año, y en palabras textuales, su intención es "dar garantías y sobre todo evitar esos discursos que alimentan el miedo". La actuación del Gobierno quiere ser en todos los frentes, protegiendo tanto a propietarios como a inquilinos.Se ha anunciado también una oferta pública de 100 millones de euros para inversores que se comprometan a elevar el parque público de vivienda en España.]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 12 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
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<item>
<title><![CDATA[En 2026 vencen 630.000 contratos de alquiler y el Gobierno los quiere prorrogar]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/en-2026-vencen-630-000-contratos-alquiler-y-gobierno-quiere-prorrogar.html]]></link>
<description><![CDATA[EN 2026 VENCEN 630.000 CONTRATOS DE ALQUILER Y EL GOBIERNO LOS QUIERE PRORROGAR]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La subida de los contratos de alquiler de vivienda podría suponer un coste medio anual por familia de 1.735 &euro; y 1.000 millones del acumulado Pablo Bustinduy,&nbsp;ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, desde Sumar, ha comunicado al PSOE su intención de prorrogar, los contratos de alquiler que vencen en 2025, hasta final de 2026. Esto supondría defender a 1,6 millones de personas que tendrían que renegociar su contrato (630.000 contratos) y enfrentarse a subidas del 30%, el 40% o hasta el 50%. Las previsibles subidas podrían representar un coste medio anual por familia de 1.735 &euro; de media y 1.000 millones de coste acumulado. El Gobierno anuló la prórroga que se había establecido para este tipo de contratos en junio de 2023 y es ahora Sumar quien pretende una reactivación.Sumar ha justificado su intención de pinchar la burbuja inmobiliaria por la necesidad de blindar a las familias y no favorecer los intereses de la especulación y el rentismo, que para ellos son la clave del problema actual del acceso a la vivienda de alquiler, de las clases trabajadoras. Además, más del 43% de estos contratos, al vencer, se teme que salgan del mercado de alquiler de larga duración.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/en-2026-vencen-630-000-contratos-alquiler-y-gobierno-quiere-prorrogar.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 11 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Notarios: Se disparan las compras de viviendas por las empresas]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/notarios-se-disparan-compras-viviendas-por-empresas.html]]></link>
<description><![CDATA[NOTARIOS: SE DISPARAN LAS COMPRAS DE VIVIENDAS POR LAS EMPRESAS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Los particulares en 2025 pagaron 1.887 euros por m² en viviendas de 113 m², mientras que las sociedades pagaron 2.347 euros/m² con 136 m² Según un informe del Consejo General del Notariado, este año 2025 cerrará con unas 74.000 operaciones de compra de viviendas por parte de personas jurídicas, es decir, empresas, fundaciones, sociedades, etc. Se alcanzaron las 76.745 compraventas en 2024, batiéndose récord desde 2007 y situando a 2025 en segunda posición. Este dato supone un 11% y 10% del total de compraventas de viviendas por empresas en sendos años, dato solo superado en el periodo 2011-2013 en que las compraventas de personas jurídicas ocuparon en torno al 20% del total de compraventas.A partir de 2014, las compraventas realizadas por personas físicas han ido creciendo hasta copar en torno al 90% del mercado y llegando a tramitarse en 2022, &nbsp;625.885 operaciones de compraventas de viviendas, nivel que se ha ido manteniendo desde entonces. La compraventa de viviendas por personas jurídicas sigue teniendo un peso reducido a pesar de sus datos al alza en el mercado. Este año, en los 8 primeros meses los particulares han adquirido 427.860 viviendas frente a las 49.519 por parte de sociedades y el año acabará con unas 624.459 transacciones por personas físicas. La relación es, por lo tanto, de 90-10.]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 10 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Contratos públicos de alquiler de viviendas de 75 años]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/contratos-publicos-alquiler-viviendas-75-anos.html]]></link>
<description><![CDATA[CONTRATOS PÚBLICOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS DE 75 AÑOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Casa 47 incluye una cartera de viviendas absorbidas de diferentes ministerios (interior, defensa, Sareb) y entidades financieras rescatadas El Ministerio de Vivienda confirma la aprobación del Consejo de Ministros de la futura empresa de la vivienda "Casa 47" que articulará el proyecto de vivienda pública de alquiler en España en los próximos años. "Está infraestructura pública está pensada para abordar las políticas públicas de vivienda y garantizar el derecho a la vivienda, que es un mandato constitucional" afirman desde el MIVAU.Desde esta infraestructura se pretende la creación de un parque de vivienda que nos sitúe en estándares europeos (8%), cuyos contratos tendrán una vigencia máxima de 75 años, prorrogables cada 14 años a su vez, siempre que se cumplan la mayoría de los requisitos de acceso. La duración, para muchos excesiva, de este tipo de contratos, pretende dar seguridad a los inquilinos, que en caso de no cambiar sus circunstancias tendrán la seguridad de tener un hogar de alquiler asequible para siempre.Este tipo de viviendas públicas está pensado para la clase media. Los solicitantes deberán tener unos&nbsp;ingresos de entre dos y 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Las economías vulnerables serán apoyadas con la vivienda social y las economías muy solventes, es de suponer que no necesitarán ayuda estatal. Además, estas viviendas no solo irán enfocadas a los jóvenes sino a la sociedad en general que puede tener diversas dificultades para el acceso al alquiler.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/contratos-publicos-alquiler-viviendas-75-anos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 09 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Supremo avala un desahucio vivienda por el impago del inquilino del IBI y la tas]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/supremo-avala-un-desahucio-vivienda-por-impago-inquilino-ibi-y-tas.html]]></link>
<description><![CDATA[SUPREMO AVALA UN DESAHUCIO VIVIENDA POR EL IMPAGO DEL INQUILINO DEL IBI Y LA TAS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[TS considera tanto el IBI como la tasa de basura gastos individualizables que se asignan directamente a una vivienda desde la administración El Tribunal Supremo, con su Sentencia núm. 1637/2025, de 17 de noviembre, se ha pronunciado sobre un tema que llevaba años provocando debates y controversias; ¿es necesario que los inquilinos paguen el IBI o la tasa de basuras si el importe no aparece en su contrato de alquiler? &nbsp;La respuesta a esta pregunta es de vital importancia, pues podría suponer para los arrendatarios el fin del contrato o incluso el desahucio.Petición de desahucio por impago del IBI y la tasa de basurasTodo empieza en un desahucio, solicitado por una propietaria en Ibiza, por falta de pago de su inquilino. El contrato de alquiler obligaba al pago del inquilino del IBI de la vivienda y la tasa de basura, pero en ningún caso especificaba el importe concreto de estos gastos. Para la arrendataria esta circunstancia anulaba la cláusula indicativa.El recorrido judicial del caso fue dispar. El juez de primera instancia no consideraba&nbsp; que la cláusula cumpliera con el artículo&nbsp;20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos&nbsp;(LAU), por lo que las cantidades no podía ser exigibles ni el desahucio posible.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/supremo-avala-un-desahucio-vivienda-por-impago-inquilino-ibi-y-tas.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 08 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[La presión fiscal se dispara en España, sube un 40% en 10 años]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/la-presion-fiscal-se-dispara-espana-sube-un-40-10-anos.html]]></link>
<description><![CDATA[LA PRESIÓN FISCAL SE DISPARA EN ESPAÑA, SUBE UN 40% EN 10 AÑOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[2025 se cerrará con una recaudación fiscal de 325.000 millones de euros y los españoles habrán pagado este año una media de 6.500 euros . 2025 se cerrará con una recaudación fiscal de 325.000 millones de euros, lo cual bate records. En 2015 se recaudaron 182.009 &nbsp;millones de euros, un aumento de 140.000 millones de euros en diez años, una subida del 67% en una década De esta manera el español que pagaba una media de 3.900 euros en 2015, este año ha pagado 6.500.El aumento de la presión fiscal desde 2015 ha sido de un 40% lo cual convierte a España en uno de los países con mayor carga de impuestos sobre la sociedad y el líder en impuestos sobre la vivienda&nbsp; Nunca desde la transición y los años 90 se había acentuado tanto la recaudación del Gobierno. En otras épocas el aumento de la fiscalidad era más progresivo o incluso se daban épocas de alivio. En la actualidad, sin embargo, el aumento en los impuestos se da de forma acelerada y acumulativa y el margen de subida de impuestos a este ritmo se vislumbra cada vez más escaso.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/la-presion-fiscal-se-dispara-espana-sube-un-40-10-anos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Sun, 07 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Pisos.com: El 36% de las viviendas en venta de España supera los 160 metros cuad]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/pisos-com-el-36-de-viviendas-venta-espana-supera-160-metros-cuad.html]]></link>
<description><![CDATA[PISOS.COM: EL 36% DE LAS VIVIENDAS EN VENTA DE ESPAÑA SUPERA LOS 160 METROS CUAD]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La Comunidad de Madrid concentra el mayor porcentaje de pisos reducidos, con un 7,28% de viviendas de menos de 40?&euro;?m² Mientras que Baleares encabeza el ranking de viviendas más amplias, con un 56,02% de su oferta con una superficie superior a los 160?&euro;?m², la Comunidad de Madrid concentra el mayor porcentaje de pisos reducidos, con un 7,28% de viviendas de menos de 40?&euro;?m²A nivel provincial, 20 provincias tienen más del 40% de sus inmuebles por encima de 160 m². Por detrás de Baleares están Teruel (53,64%) y Ciudad Real (51,57%)Ferran Font, director de Estudios de pisos.com, apunta que&nbsp;«la proliferación de viviendas de reducidas dimensiones en Madrid responde a la elevada demanda de pisos, así como a la necesidad de optimizar el espacio urbano en una de las capitales más densamente pobladas de Europa»El parque inmobiliario español presenta notables diferencias en cuanto a la superficie de las viviendas, según revela un estudio del portal inmobiliario&nbsp;pisos.com&nbsp;que analiza la distribución de las viviendas por tamaño. A nivel nacional,&nbsp;el 35,74% de las viviendas españolas supera los 160 m², consolidándose como el segmento más representativo del mercado.Las viviendas de tamaño medio, entre 80 m² y 120 m², representan el 27,78% del total, mientras que el 20,06% se sitúa en la franja de 40 m² a 80 m². Por su parte, las viviendas entre 120 m² y 160 m² suponen el 14,64%, y solo el 1,78% del parque inmobiliario está compuesto por viviendas de menos de 40 m².Baleares, Galicia y Cantabria: las comunidades con viviendas más ampliasPor comunidades autónomas,&nbsp;Baleares lidera el ranking de las viviendas más grandes, con un 56,02% de inmuebles que superan los 160 m². Le siguen&nbsp;Galicia (47,86%), Castilla-La Mancha (44,73%), Cantabria (44,18%) y Navarra (40,45%), conformando el top del ranking de territorios con mayor porcentaje de viviendas amplias.&nbsp;«Las Islas Baleares presentan un parque inmobiliario caracterizado por viviendas unifamiliares y chalets que históricamente han atraído tanto a residentes permanentes como a compradores extranjeros. Galicia y Cantabria, por su parte, mantienen un modelo de vivienda tradicional ligado al entorno rural y la disponibilidad de suelo», explica&nbsp;Ferran Font, portavoz y director de Estudios de pisos.com.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/pisos-com-el-36-de-viviendas-venta-espana-supera-160-metros-cuad.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Sat, 06 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Euríbor se estanca en el 2,21% en noviembre 2025]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/euribor-se-estanca-en-2-21-noviembre-2025.html]]></link>
<description><![CDATA[EURÍBOR SE ESTANCA EN EL 2,21% EN NOVIEMBRE 2025]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Vivimos el fin de los recortes del BCE. No es probable que en su reunión de diciembre haya cambios y el euríbor rondará el 2,2%. El BCE mantiene en sus valores el euríbor que alcanza el 2,2% en noviembre de 2025. En mayo el euríbor cayó al 2,07%. La inflación en este momento no se presenta como peligrosa y se situó en el 2,1% en octubre&nbsp; y en el 2,4% en el caso de la inflación subyacente (la que no tiene en cuenta la energía, la alimentación, el alcohol o el tabaco). El banco europeo no espera grandes subidas en la inflación respecto a los datos de septiembre para los próximos meses. Las previsiones de aquí a dos años la sitúan entre 1,7% y 1,9% para fin de 2026 y 2027 y 1,9% y 1.8% en el caso de la subyacente.&nbsp;]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/euribor-se-estanca-en-2-21-noviembre-2025.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 05 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Tinsa: La vivienda sube un 13,4 % interanual en noviembre]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/tinsa-la-vivienda-sube-un-13-4--interanual-noviembre.html]]></link>
<description><![CDATA[TINSA: LA VIVIENDA SUBE UN 13,4 % INTERANUAL EN NOVIEMBRE]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La vivienda terminada (nueva y usada) sigue creciendo con los precios por encima de la inflación, por la alta demanda y la escasez de oferta. El Índice General IMIE aumenta un 1,3 % mensual en noviembre y se sitúa un 13,4 % por encima de hace un año.Todas las zonas, excepto ?&euro;?Resto de Municipios?&euro;? que se mantiene estable, se encarecieron en promedio más de un 1% entre octubre y noviembre.El grupo que reúne Baleares y Canarias (+16,8 % interanual) y las ?&euro;?Capitales y grandes ciudades?&euro;? (14,6 %) destacan con las mayores subidas respecto a noviembre de 2024..El valor medio de la vivienda en España se encuentra un 3,3 % por debajo de los máximos de 2007 en términos nominales.Los precios de la vivienda se calientan. La vivienda terminada (nueva y usada) sigue acelerando de forma intensa el crecimiento de los precios por encima de la inflación, impulsada por la alta demanda en un entorno de escasez de oferta. En noviembre, el Índice General registró un aumento del 1,3 % respecto al mes anterior y del 13,4 % en el último año, lo que supone un crecimiento de +10,1 % por encima de la inflación. Las ?&euro;?Áreas metropolitanas?&euro;? destacan como el mercado más dinámico en tasa mensual (+1,8 %) y las islas se mantienen como el grupo con mayor revalorización en el último año (+16,8 %). Madrid roza una subida de los precios de la vivienda del 20% en este año."El volumen de la demanda se sustenta en el fuerte crecimiento de la población desde 2021 en un contexto de resistencia del empleo, ahorro acumulado y acceso a crédito, así como en un interés inversor creciente. Mientras tanto, la construcción de vivienda nueva durante el año aumenta, si bien en un volumen aún insuficiente para el alivio de los tensionamientos de precios que causa la escasez de oferta", explica Cristina Arias, directora del Servicio de Estudios de Tinsa by Accumin.La variación mensual de los grupos analizados se ha situado en noviembre entre +0,2 % y +1,8 % en términos nominales. Este mes crecen de forma más notoria los grupos de ?&euro;?Áreas metropolitanas?&euro;? (+1,8 % mensual) e "Islas?&euro;? (+1,6 %), seguidos muy de cerca por ?&euro;?Costa mediterránea?&euro;? (+1,5 %) y ?&euro;?Capitales y grandes ciudades?&euro;? (+1,4 %).&nbsp;]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/tinsa-la-vivienda-sube-un-13-4--interanual-noviembre.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 04 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Coapi Andalucía: Aprobado el registro obligatorio de agentes inmobiliarios en Andalucía]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/coapi-andalucia-aprobado-registro-obligatorio-agentes-inmobiliarios-andalucia.html]]></link>
<description><![CDATA[COAPI ANDALUCÍA: APROBADO EL REGISTRO OBLIGATORIO DE AGENTES INMOBILIARIOS EN ANDALUCÍA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Ley de Vivienda de Andalucía la cual regula la actividad de Intermediación Inmobiliaria y el Registro Obligatorio de Agentes Inmobiliarios Tras un intenso debate parlamentario, el día 2 de diciembre ha quedado aprobada la Ley de Vivienda de Andalucía la cual en sus artículos 47 a 52 regula la actividad de "Intermediación Inmobiliaria en el mercado residencial" estableciendo el Registro Obligatorio de Agentes Inmobiliarios especializados del sector residencial de Andalucía.Desde el Consejo Andaluz nos congratulamos de ello agradecemos a los grupos parlamentarios que han apoyado nuestras pretensiones su colaboración para que este Registro Obligatorio se haya convertido en una realidad. Ello supone un gran avance en el ámbito de la seguridad jurídica en Andalucía y un logro respecto a la protección al consumidor, tan demandada desde el colectivo Inmobiliario.En mi calidad de Presidenta del Consejo Andaluz he tenido ocasión de asistir a estos debates en el Parlamento, intervenir ante la Comisión e intercambiar impresiones con los portavoces de Vivienda de los distintos grupos políticos en diversas ocasiones durante este periplo parlamentario.Durante todo este tiempo he trasladado la necesidad que tiene el mercado inmobiliario de contar con la mayor seguridad jurídica y protección al consumidor, siempre de acuerdo con el principio de interés general, debiendo establecerse unos requisitos de acceso adecuados, necesarios y proporcionados para garantizar la seguridad y confianza en los agentes inmobiliarios.Esta inscripción obligatoria no supone ninguna barrera para el ejercicio de esta profesión ni restringe la competencia, ya que cualquier persona (física o jurídica) podrá acceder al mismo cumpliendo los requisitos que la Ley establece, y cuyo cumplimiento y exigencia se basa en imperiosas razones de interés general para la protección de los consumidores en un bien tan importante como es la vivienda.Ahora esta Ley ha de ser publicada en el BOJA lo cual se llevará a cabo de manera inminente en los próximos días, y, si no hay ningún cambio al respecto en el texto publicado, entrará en vigor en el plazo de un mes desde su publicación.]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 03 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
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<title><![CDATA[La moratoria en los desahucios, otra piedra más que hunde el sector]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/la-moratoria-en-desahucios-otra-piedra-mas-que-hunde-sector.html]]></link>
<description><![CDATA[LA MORATORIA EN LOS DESAHUCIOS, OTRA PIEDRA MÁS QUE HUNDE EL SECTOR]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Mantener la moratoria sobre desahucios es seguir alimentando la inseguridad jurídica de los propietarios y la escasez de oferta de vivienda. La moratoria para las situaciones de desahucio que lleva impidiendo sus ejecuciones en hogares vulnerables, moratoria aprobada por decreto en 2023, seguirá en vigor hasta final de 2025 y con la incertidumbre de si seguirá efectiva el año que viene, como piden algunos partidos políticos.La opinión de los propietarios de vivienda en alquiler, desde su asociación ASVAL, es que mantener la moratoria sobre desahucios es seguir alimentando la inseguridad jurídica de los propietarios, que son los principales afectados en los procedimientos de desahucio (soportando 20 meses de demora, de media, en recuperar su vivienda). Esta situación afecta directamente a la creación de oferta de viviendas en alquiler, principal problema de la vivienda en la actualidad.En Europa las moratorias que han tenido un carácter excepcional se han ido retirando gradualmente. En España a finales de 2024 se habían suspendido un 12% de los procedimientos judiciales. La proliferación de las moratorias en nuestro país ha motivado el auge de las fórmulas extrajudiciales como vía principal (un 80% de los casos), para que los propietarios recuperen sus viviendas.La desaparición de las moratorias no causaría desprotección en los más vulnerables, ya que la Ley de la Vivienda contempla mecanismos de suspensión temporal del lanzamiento para personas en situación acreditada de vulnerabilidad y sin alternativa habitacional. Posiblemente, el problema esté en que la derivación a los Servicios Sociales de las familias con vulnerabilidad no se está ejecutando de forma eficaz, por lo que son los propietarios los que se ven obligados a cargar con la situación.]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 02 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
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<title><![CDATA[AeaUrbanista: La recepción tácita de las urbanizaciones por los ayuntamientos]]></title>
<link><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/aeaurbanista-la-recepcion-tacita-de-urbanizaciones-por-ayuntamientos.html]]></link>
<description><![CDATA[AEAURBANISTA: LA RECEPCIÓN TÁCITA DE LAS URBANIZACIONES POR LOS AYUNTAMIENTOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El acto de recepción urbanística no tiene carácter constitutivo, sino meramente probatorio o de comprobación de la idoneidad de las obras. José María García Gutiérrez,&nbsp;&nbsp;Presidente de la&nbsp;Asociación Española de Abogados Urbanistas indica en primer lugar hay que distinguir entre recepción tácita a la que se otorga plenos efectos en idénticos términos que la expresa y la presunta cuando el Ayuntamiento no resuelve pese al transcurso del tiempo (135.8 LSCM acto presunto por el transcurso de 3 meses).Efectivamente, el acto de recepción expresa tiene un carácter formal que no impide que sus efectos propios se produzcan por silencio; impidiendo la voluntad de la Administración de dilatar la obligación que le incumbe al respecto; y también impide que los efectos propios de la recepción se produzcan cuando las obras de urbanización están en uso y servicio a través de una actitud de tolerancia y consentimiento de la Administración e incluso actitud activa, concediendo licencias de ocupación que requerirán de manera ineludible el uso de la urbanización (viales, servicios e infraestructuras).&nbsp;Debe tenerse en cuenta que el acto de recepción no tiene carácter constitutivo, sino meramente probatorio&nbsp;o de comprobación de la idoneidad de las obras para su puesta en uso o, al contrario, para dejar constancia de las deficiencias que hayan de ser subsanadas.Respecto al momento en que se produce la recepción tácita, hay que recordar&nbsp;la Doctrina de los actos Propios que impide que la Administración actúe en contra de sus propios actos. Lo que nos permite entender que si las obras de urbanización han sido ejecutadas y están en uso consentido y tolerado por la Administración, desarrollándose sobre el ámbito una auténtica actuación de edificación y concesión de licencias de ocupación, han de entenderse recepcionadas de manera tácita. Produciéndose, por tanto, los efectos propios de dicha asunción de responsabilidad sobre todo si se están pagando impuestos como el IBI.Existen numerosos pronunciamientos jurisprudenciales y también por el Consejo de Estado, que se pronunció de manera favorable ya desde el Dictamen de 7 de enero de 1996. Expresamente, también, la legislación de contratación administrativa prevé dicha recepción tácita de las obras en el art. 235 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TR LCSP). Manteniendo, la doctrina, la opinión de que la inauguración oficial de las obras, su utilización y en general todos los actos de la administración o conductas que denoten la recepción suponen la misma; sin que luego la administración pueda ir contra sus propios actos y denegarla.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.grupovivit.es/blog/aeaurbanista-la-recepcion-tacita-de-urbanizaciones-por-ayuntamientos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 01 Dec 2025 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NOVEDADES]]></category>
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